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Cuando se da inicio a una relación de trabajo o contrato de trabajo, el patrón y el trabajador se ponen de acuerdo en las condiciones de trabajo y las consecuencias que produce el hecho de que esas condiciones no sean acatadas por alguno de ellos.
Adicionalmente al contrato laboral, la Ley Federal del Trabajo prevé la existencia de un Reglamento Interior de Trabajo, en el cual se establecen las disposiciones obligatorias para los trabajadores y para el patrón de la empresa o establecimiento. Para que un Reglamento pueda surtir efectos legales deberá ser depositado ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral. Las disposiciones del Reglamento Interior de Trabajo, se establecen con arreglo a la Ley Federal del Trabajo y al contrato de trabajo, es decir, especifican los derechos y obligaciones del patrón y del trabajador de la empresa o establecimiento, por ejemplo: las horas de entrada y salida de los trabajadores, días y lugares de pago, normas para prevenir los riesgos de trabajo, permisos, licencias, así como las medidas disciplinarias y sanciones por incumplimiento a las disposiciones del reglamento, las cuales pueden ir desde la suspensión en el trabajo hasta la rescisión de la relación laboral o contrato de trabajo.
Derivado de lo anterior, si el trabajador inclumple con alguna de sus obligaciones previstas en el contrato de trabajo y/o en el Reglamento Interior de Trabajo o incurre en alguna o algunas de las causas de rescisión previstas por la Ley Federal de Trabajo, el patrón podrá extinguir la relación laboral con el trabajador de forma justificada y sin responsabilidad para él. El patrón al rescindir la relación laboral deberá entregar al trabajador un aviso de rescisión en el cual le hará saber la conducta que causa la rescisión y la fecha en la que la cometió, este aviso deberá notificarlo personalmente al trabajador o bien a través del Tribunal competente.